Deducibilidad el 100% del IVA de vehículos

Relacionado con la nota informativa del 28/08/2018 destacamos la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Contenciosa de 19/07/2018, Número Resolución 1347/2018 donde dice:

Que demostrado que los vehículos turismo propiedad de una empresa son utilizados única y exclusivamente por trabajadores del departamento de ventas para gestiones comerciales de la misma, se genera el derecho a la deducción del cien por cien del IVA soportado por la utilización y adquisición de los mismos y ello aunque los trabajadores sean por cuenta ajena y no agentes comerciales autónomos como pretende la Administración Tributaria.

Esta sentencia abre la puerta a la deducción total del IVA soportado por la utilización y adquisición de los vehículos turismo de las sociedades siempre que se acredite su afectación exclusiva a actividades comerciales.

Sentencia IVA Vehículos

ACAT 081018

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